El Colegio Cardenalicio de Francisco

 


Por Nicolás Dallorso (*) y Aníbal Torres (**)

 2° INFORME 

ACTUALIZACIÓN AL 10/11/2024

(*) Recopilación, elaboración y sistematización de la información

(**) Textos 

Introducción

 

“El Colegio Cardenalicio está llamado a asemejarse a una orquesta sinfónica,

que representa la sinfonía y la sinodalidad de la Iglesia”

Papa Francisco, 30/09/2023.

Desde el Concilio Vaticano II la Iglesia Católica se autocomprende desde la categoría bíblica de Pueblo de Dios (Cf. Lumen Gentium). Asimismo, tiene una constitución jerárquica, encomendada a los obispos (es decir, los pastores), entre los cuales se destaca el Papa, quien ejerce el ministerio petrino. Dentro de esa dimensión jerárquica, están los Cardenales. El Código de Derecho Canónico (CDC) se encarga, entre otros temas, de legislar sobre estos peculiares actores que forman parte del gobierno central eclesial (CDC, libro II, parte II, sección I, capítulo III -Cann. 349 a 359), figuras por lo demás retratadas desde el ámbito cultural por grandes novelistas, como Alejandro Dumas, Victor Hugo, Henry Morton Robinson o Morris West.  

¿Qué es un cardenal?

Tengamos en cuenta que la palabra cardenal deriva del latín cardo o bisagra, lo cual apunta al papel de fulcro (o sea, punto de apoyo, gozne) que desempeñan. Así, los cardenales serían las “bisagras” alrededor de las cuales gira la Iglesia, en torno al Papa, a quien eligen y con quien colaboran en el gobierno pastoral. Desde una perspectiva trascendente, todo el conjunto gira en torno a Jesucristo, verdadero Sol de justicia, de la cual la Iglesia es, como decía la Patrística, el misterio de la Luna, puesto que refleja una luz que no le es propia.   

Es importante tener presente que la condición de cardenal es un título honorífico (ajeno al sacramento del Orden), como lo son también las de patriarca, monseñor, arcipreste, canónigo, decano, archidiácono (o arcediano), deán y otras.

En este sentido, la dignidad de cardenal remite entonces a un​ eclesiástico de alto rango de la Iglesia Católica, siendo el título honorífico más alto que puede conceder el Papa. Quienes lo reciben se convierten en miembros del Colegio Cardenalicio y son “creados” en una ceremonia especial, llamada Consistorio público.

Según se indica en el Código de Derecho Canónico, “para ser promovidos a Cardenales, el Romano Pontífice elige libremente entre aquellos varones que hayan recibido al menos el presbiterado y que destaquen notablemente por su doctrina, costumbres, piedad y prudencia en la gestión de asuntos; pero los que aún no son Obispos deben recibir la consagración episcopal. Los Cardenales son creados por decreto del Romano Pontífice, que se hace público en presencia del Colegio Cardenalicio; a partir del momento de la publicación, tienen los deberes y derechos determinados por la ley” (Can. 351 § 1 y § 2).

“Los Cardenales ayudan todos ellos colegialmente al Pastor supremo de la Iglesia [es decir, al Papa], sobre todo en los Consistorios, en los que se reúnen por mandato del Romano Pontífice y bajo su presidencia…” (Can. 353 §1). Además, se indica que “los Cardenales tienen el deber de cooperar diligentemente con el Romano Pontífice” (Can. 356).

A partir de la Segunda Guerra Mundial, los Papas han tratado de nombrar cardenales de diferentes latitudes, expresando la catolicidad de la Iglesia. De hecho, en la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium del Papa Francisco, sobre la reestructuración de la Curia Romana (2022), en el comienzo se indica como décimo principio la “expresión de catolicidad. La catolicidad de la Iglesia debe reflejarse en la elección de cardenales, obispos y otros colaboradores. Todos los invitados a servir en la Curia Romana son un signo de comunión y solidaridad con el Romano Pontífice por parte de los obispos y superiores de los institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica que ponen a disposición de la Curia Romana colaboradores cualificados provenientes de culturas diferentes” (PE, Preámbulo, II).

Por lo demás, los cardenales son conocidos por el color rojo de sus vestimentas, debido a que, en la historia del cristianismo, es el color asociado con el martirio. En este sentido, remite a la sangre derramada del Cordero de Dios (es decir, Cristo), de manera que los cardenales están llamados a ser sus servidores (siervos). Por eso se revisten de rojo. Esto suele interpretarse como el deber de estar dispuestos a defender con su propia sangre a la Iglesia.

¿Qué es el Colegio Cardenalicio?

El CDC señala al respecto: “Los Cardenales de la Santa Iglesia Romana constituyen un Colegio peculiar, al que compete proveer a la elección del Romano Pontífice, según la norma del derecho peculiar; asimismo, los Cardenales asisten al Romano Pontífice tanto colegialmente, cuando son convocados para tratar juntos cuestiones de más importancia, como personalmente, mediante los distintos oficios que desempeñan, ayudando al Papa sobre todo en su gobierno cotidiano de la Iglesia universal” (Can. 349).

Cómo señala el mismo Código, el Colegio Cardenalicio, considerado secularmente como el Senado de la Iglesia, “se divide en tres órdenes”: “el episcopal, al que pertenecen los Cardenales a quienes el Romano Pontífice asigna como título una Iglesia suburbicaria, así como los Patriarcas orientales adscritos al Colegio cardenalicio, el presbiteral y el diaconal. A cada Cardenal del orden presbiteral y diaconal el Romano Pontífice asigna un título o diaconía de la Urbe. Los Patriarcas orientales que forman parte del Colegio de los Cardenales tienen como título su sede patriarcal. El Cardenal Decano ostenta como título la diócesis de Ostia, a la vez que la otra Iglesia de la que ya era titular” (Can, 350 § 1 a 4)  

Cabe mencionar que las llamadas “diócesis suburbicarias” son siete, y son sufragáneas de la diócesis de Roma: OstiaVelletri-SegniFrascatiPorto-Santa RufinaAlbanoPalestrina y Sabina-Poggio Mirteto. El hecho de que ostenten un cardenal como titular no es óbice para que estas diócesis tengan su propio obispo con potestad ordinaria.

Por lo demás, “el Decano preside el Colegio cardenalicio y, cuando está impedido, hace sus veces el Subdecano; sin embargo, ni el Decano ni el Subdecano tienen potestad alguna de régimen sobre los demás Cardenales, sino que se les considera como primero entre sus iguales” (Can. 352 § 1).   

En tiempos de Juan Pablo II, el Cardenal Decano fue Ángelo Sodano seguido de Joseph Ratzinger, electo como Benedicto XVI. En la actualidad, el Cardenal Decano es el italiano Giovanni Battista Re, cardenal obispo de Ostia y de Sabina–Poggio Mirteto. El argentino Leonardo Sandri, cardenal obispo de Ss. Biagio e Carlo ai Catinari es el Subdecano. El Decano y el Subdecano son los únicos cardenales que necesariamente deben tener su residencia en la ciudad de Roma (Can. 352 § 4).

Un momento destacado para el Colegio Cardenalicio es cuando el Pontificado entra en situación de Sede Vacante, sea por fallecimiento del Papa o por renuncia. Así entonces, “al quedar vacante la Sede Apostólica, el Colegio Cardenalicio sólo tiene en la Iglesia aquella potestad que se le atribuye en la ley peculiar” (Can. 359). En este sentido, se indica en la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium:

“En caso de Sede Apostólica vacante, todos los dirigentes de las instituciones curiales y los miembros pierden su cargo. Se exceptúan el Penitenciario Mayor, que sigue atendiendo los asuntos ordinarios de su competencia, proponiendo al Colegio cardenalicio los que habrían de referir al Romano Pontífice, y el Limosnero de Su Santidad, que sigue en el ejercicio de las obras de caridad, según los mismos criterios utilizados durante el pontificado, quedando bajo la autoridad del Colegio cardenalicio, hasta la elección del nuevo Romano Pontífice” (Art. 18 § 1).

¿Quiénes son Cardenales electores?

Son cardenales electores todos aquellos que el día en que inicia la Sede Vacante (sea por muerte o por renuncia del Papa, según vimos), tengan menos de ochenta años de edad. Ellos asumen, por una parte, el gobierno de la Iglesia, y por otra, la responsabilidad de elegir al nuevo Sucesor del apóstol Pedro en el cónclave.

Esto es así de acuerdo con el “motu proprio” Cum ingravescentem aetatem  de Pablo VI (1970) y las constituciones apostólicas Romano Pontifici Eligendo y Universi Dominici Gregis de Pablo VI (1975) y Juan Pablo II (1996), respectivamente. De esta forma, algunos cardenales, especialmente aquellos del orden de los diáconos (con frecuencia distinguidos con el cardenalato como reconocimiento a un excelente desempeño en algún ministerio), que han sido nombrados cuando ya sobrepasaban los 80 años, nunca ostentarán la condición de electores.

Algunos aspectos a destacar de los cardenales creados por el Papa Francisco

En la Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium, el documento “programático” de Francisco, el primer Papa latinoamericano señala con contundencia:

No haría justicia a la lógica de la encarnación pensar en un cristianismo monocultural y monocorde. Si bien es verdad que algunas culturas han estado estrechamente ligadas a la predicación del Evangelio y al desarrollo de un pensamiento cristiano, el mensaje revelado no se identifica con ninguna de ellas y tiene un contenido transcultural. Por ello, en la evangelización de nuevas culturas o de culturas que no han acogido la predicación cristiana, no es indispensable imponer una determinada forma cultural, por más bella y antigua que sea, junto con la propuesta del Evangelio. El mensaje que anunciamos siempre tiene algún ropaje cultural, pero a veces en la Iglesia caemos en la vanidosa sacralización de la propia cultura, con lo cual podemos mostrar más fanatismo que auténtico fervor evangelizador” (EG 117).

Si junto a esto tenemos en cuenta el referido principio o criterio de “expresión de catolicidad” plasmado en el Constitución Apostólica Praedicate Evangelium, podemos comprender la atención puesta por el Papa en la elección de cardenales.

Consideramos pertinente señalar otros aspectos sobresalientes de sus 10 consistorios, además de la mencionada catolicidad, es decir, universalidad de la Iglesia:

-Estar atento a la situación geopolítica mundial, como se traduce en crear cardenales a religiosos que están en zonas de conflicto bélico, sea Jerusalén (ciudad sagrada para las tres religiones monoteístas, y que hasta Francisco nunca había tenido un cardenal), Damasco (donde interrumpió una tradición de casi 100 años de no crear cardenal a Nuncios Apostólicos, o sea, representantes diplomáticos del Papa), o Teherán, o para el servicio a los ucranianos, o Santiago de Chile (cuyo Arzobispo es parcialmente descendiente de palestinos).

-Crear cardenales en las “periferias”, incluso haciendo sedes cardenalicias a diócesis como Panamá, Les Cayes en Haití, San Salvador, Asunción del Paraguay o a Santiago del Estero, que además le concedió -por razón histórica- el título de Sede Primada de la Argentina.

-Mostrar deferencia hacia personalidades que se han destacado en la vida de la Iglesia, sea Loris Capovilla (histórico secretario privado de Juan XXIII), Raniero Cantalamessa (Predicador de la Casa Pontificia durante los últimos 44 años), Luis Pascual Dri (reconocido confesor en Buenos Aires) y Gregorio Rosa Chávez (estrecho colaborador de Monseñor Óscar Romero).

-Cuando se anunció el último y décimo Consistorio, algunos medios destacaron que quedaban sin cardenales ciudades italianas que históricamente habían sido sedes cardenalicias, como Florencia, Milán y Génova. Pero a éstas se podría agregar, fuera de Italia, por ejemplo París y Buenos Aires.

 

-Acaso, como criterio articulador de los 10 consistorios de Francisco, esté su especial atención al trabajo pastoral de los nuevos cardenales, es decir, como lo dijo desde que asumió el Pontificado, que sean verdaderos “pastores con olor a oveja”, que sepan ir adelante, en medio y detrás del santo pueblo fiel de Dios en un nuevo modo de ser Iglesia, “caminando en estilo sinodal, en el entrelazamiento de nuestras vocaciones, carismas y ministerios, y saliendo al encuentro de todos para llevar la alegría del Evangelio, [así] podremos experimentar la comunión que salva: con Dios, con toda la humanidad y con toda la creación. Entonces comenzaremos ya a experimentar, compartiendo, el banquete de vida que Dios ofrece a todos los pueblos” (Documento final del Sínodo sobre la Sinodalidad, 154). En la Iglesia llamada a ser sinodal, el Papa espera que los cardenales sean particularmente portadores de un “fuego espiritual”, según el “fuego de Dios”, quien invita a “todos, todos, todos” en la obra redentora de Jesús: 

“Un Cardenal ama a la Iglesia, siempre con el mismo fuego espiritual, ya sea tratando las grandes cuestiones, como ocupándose de las más pequeñas; ya sea encontrándose con los grandes de este mundo —debe hacerlo, tantas veces—, como con los pequeños, que son grandes delante de Dios. (…) Volvamos a mirar a Jesús: sólo Él conoce el secreto de esta magnanimidad humilde, de este poder manso, de esta universalidad atenta a los detalles. El secreto del fuego de Dios, que desciende del cielo, iluminando de un extremo al otro, y que cocina lentamente el alimento de las familias pobres, de los migrantes, o de quienes no tienen un hogar. También hoy Jesús quiere traer este fuego a la tierra; quiere encenderlo de nuevo en las orillas de nuestras historias diarias. Nos llama por nuestro nombre, a cada uno de nosotros nos llama por nuestro nombre, no somos un número; nos mira a los ojos y nos pregunta: Tú, nuevo Cardenal —y a todos ustedes, hermanos Cardenales—, ¿puedo contar contigo? Esa es la pregunta del Señor (Homilía Consistorio ordinario público, 27/08/2022).




































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